En una histórica sesión, la Convención Constituyente sancionó reformas que redefinen el régimen municipal en la provincia. A partir de ahora, todas las localidades serán consideradas municipios, y aquellas con más de 10.000 habitantes podrán dictar sus propias cartas orgánicas.

El pasado lunes, la provincia de Santa Fe dio un paso trascendental en su proceso de reforma constitucional al aprobar modificaciones significativas al régimen municipal. Durante una extensa sesión que se extendió por más de siete horas, la Convención Constituyente sancionó cambios en los artículos 106 y 107 de la Constitución provincial, estableciendo un nuevo marco para los gobiernos locales.
Uno de los aspectos más destacados de estas reformas es la transformación de todas las localidades en municipios, eliminando la figura de las comunas. Además, se otorgó a los municipios con una población superior a 10.000 habitantes la facultad de dictar sus propias cartas orgánicas, permitiéndoles establecer normas y estructuras de gobierno adaptadas a sus necesidades específicas. Esta medida busca fortalecer la autonomía institucional, política, administrativa, económica y financiera de los gobiernos locales, brindándoles mayor capacidad de decisión y gestión.
En el ámbito electoral, se estableció un límite de una reelección consecutiva para intendentes y concejales, alineándose con la normativa vigente para otros cargos electivos en la provincia. Sin embargo, se determinó que el período comprendido entre 2027 y 2031 será considerado como el primer mandato para efectos de reelección, lo que permitirá a los actuales mandatarios cumplir con sus funciones hasta 2035.
Otro aspecto relevante de las reformas es la institucionalización de la cooperación entre municipios en áreas metropolitanas. Se promovió la creación de mecanismos de colaboración que faciliten la gestión conjunta de servicios y recursos, optimizando el uso del presupuesto y mejorando la calidad de vida de los habitantes.
Además, se estableció que cualquier transferencia de competencias a los municipios debe ir acompañada de la correspondiente asignación de recursos por parte de la provincia. Aunque no se fijó un piso mínimo de coparticipación, se reconoció que esta es una de las fuentes de financiamiento de los estados locales y se comprometió a dictar una ley que determine los criterios de distribución.
Estas reformas representan un avance significativo en la descentralización del poder en Santa Fe, otorgando a los municipios mayor autonomía y capacidad de gestión. Se espera que, con la implementación de estas medidas, los gobiernos locales puedan responder de manera más eficiente y efectiva a las necesidades de sus comunidades, promoviendo un desarrollo más equitativo y sostenible en toda la provincia.